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CYBERCAFES / REQUISITOS
   
 

REQUISITOS

La Resolución No. 073-02-CONATEL-2005, establece:

Art.7.-Los “Centros de información y acceso a la red de Internet” o “Ciber Cafés”, previo a su operación, tienen que obtener un registro en la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, para lo cual deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Para personas naturales:

  • Solicitud dirigida al señor Secretario Nacional de Telecomunicaciones.

  • Copia del RUC.

  • Copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del peticionario (para solicitantes ecuatorianos), o copia del pasaporte debidamente visado (para solicitantes extranjeros).

  • Copia del contrato firmado con el respectivo proveedor del servicio de Internet autorizado (ISP).

  • Copia del contrato firmado con la empresa de servicios portadores o de servicios finales que provea el enlace hacia el ISP.

  • Formulario de registro a publicarse en la página Web del CONATEL, el cual deberá contener como información mínima:

i.      Tipo de red utilizada: cableada o inalámbrica.

ii.      Detalle del número total de terminales.

iii.      Detalle del número de terminales destinados para navegación.

iv.      Detalle del número de terminales destinados para voz sobre Internet.

v.      Diagrama esquemático de la red a implementarse en el establecimiento.

Para personas jurídicas:

  • Solicitud dirigida al señor Secretario Nacional de Telecomunicaciones.

  • Copia de la escritura de constitución de la compañía o en caso de sociedades extranjeras, de la que contenga su domiciliación en el Ecuador.

  • Copia del nombramiento del representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil. Las sociedades extranjeras presentarán, por su lado, copia del respectivo poder, asimismo inscrito en el Registro Mercantil.

  • Copia del RUC.

  • Copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del representante legal de la compañía.

  • Copia del contrato firmado con el respectivo proveedor de Internet autorizado (ISP).

  • Copia del contrato firmado con la empresa de servicios portadores o de servicios finales que provea el enlace hacia el ISP.

  • Formulario de registro a publicarse en la página Web del CONATEL, el cual deberá contener como información mínima:

i.      Tipo de red utilizada: cableada o inalámbrica.

ii.      Detalle del número total de terminales.

iii.      Detalle del número de terminales destinados para navegación.

iv.      Detalle del número de terminales destinados para voz sobre Internet.

v.      Diagrama esquemático de la red a implementarse en el establecimiento.