SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES DEL ECUADOR
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JURÍDICOS - ACTIVIDADES DE CONTROL
   
 
 

PROCESOS DE JUZGAMIENTO ADMINISTRATIVOS POR INFRACCIONES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES

La Superintendencia de Telecomunicaciones de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de la República, Ley Especial de Telecomunicaciones, Ley de Radiodifusión y Televisión y los contratos correspondientes, realizó procesos de juzgamiento administrativos, de acuerdo al procedimiento establecido, en contra de personas naturales o jurídicas que infringieron disposiciones de la normativa jurídica que rige al sector de las telecomunicaciones.

Las sanciones que prevé la Ley Especial de Telecomunicaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29, son:

  1. Amonestación escrita;

  2. Sanción pecuniaria de uno hasta cincuenta salarios mínimos vitales generales, esto es, un máximo de US$ 200,00;

  3. Suspensión temporal de los servicios;

  4. Suspensión definitiva de los servicios; y,

  5. Cancelación de la concesión o autorización y negativa al otorgamiento de nuevas.

En algunos contratos de concesión de los servicios de telecomunicaciones celebrados por la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, previa autorización del Consejo Nacional de Telecomunicaciones CONATEL, se ha establecido en la actualidad sanciones económicas de hasta US$. 1´000.000, 00, que son graduadas de acuerdo a la infracción cometida.

Las sanciones que establece el artículo 71 de la Ley de Radiodifusión y Televisión son:

  1. Amonestación escrita;

  2. Multa de hasta diez salarios mínimos vitales; esto es, un máximo de US $40,00; y,

  3. Suspensión del funcionamiento, por reincidencia de una misma falta de carácter técnico o administrativo, o por mora en el pago de las tarifas o derechos de la concesión, mientras subsista el problema.

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